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Declaración de la Renta Baleares: Nuevas deducciones

Declaración de la Renta Baleares: Nuevas deducciones

por | Asesoría Fiscal Palma Mallorca, Declaración Renta

Nueva Deduccion en Baleares para la declaración de la Renta 2023

Nueva deducción por nacimiento

Establecimiento de la deducción por nacimiento con efectos desde el 26 de noviembre de 2023

Por cada nacimiento de un hijo o hija dentro del período impositivo que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendientes previsto en la normativa reguladora del IRPF, los contribuyentes pueden deducir de la cuota íntegra autonómica las siguientes cantidades:

a) Por el primer hijo o hija: 800 euros.
b) Por el segundo hijo o hija: 1.000 euros.
c) Por el tercer hijo o hija: 1.200 euros.
d) Por el cuarto hijo o hija y siguientes: 1.400 euros.

Condiciones y requisitos para la aplicación de esta deducción:

– Para determinar el derecho a esta deducción y el número de orden del hijo nacido, se tendrán en cuenta los hijos que convivan con el contribuyente y para los que se pueda aplicar el mínimo por descendientes en la fecha de devengo del impuesto, y deben computarse tanto los hijos naturales como los adoptivos.

– El contribuyente debe ser residente fiscal en las Islas Baleares el ejercicio anterior al del nacimiento.

– La base imponible total no debe superar el importe de 33.000 euros en el caso de tributación individual y de 52.800 euros en el caso de tributación conjunta.

En el caso de las familias numerosas, o de las familias monoparentales previstas en el artículo 7.7 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias, los límites de renta a que se refiere la letra b) anterior deben incrementarse un 20%.

– En caso de que el número de hijos de cada contribuyente dé lugar a la aplicación de un importe diferente, ambos se aplicarán la deducción que corresponda en función del número de hijos preexistente. Si se da esta circunstancia y la declaración es conjunta, la deducción será la suma de la que correspondería a cada uno si la declaración fuese individual.

– Los contribuyentes con derecho a la aplicación de esta deducción pueden solicitar a la consejería competente en materia de hacienda, en los términos que se establezcan mediante una orden de la persona titular de la consejería mencionada, el abono anticipado de esta deducción, que será, en su caso, objeto de regularización en el momento de presentar la declaración del impuesto.

– Si esta deducción concurre con otras deducciones autonómicas, ésta debe aplicarse en primer lugar. Si existe insuficiencia de cuota, de forma que no se pueda aplicar esta deducción en la cuantía total, el contribuyente puede solicitar a la conselleria competente en materia de hacienda el abono de la diferencia entre la deducción aplicada en la declaración y el importe de la deducción que le corresponda, en los términos que se fijen mediante orden de la persona titular de la citada conselleria.

– Esta deducción es incompatible con la percepción de ayudas y prestaciones públicas concedidas u otorgadas por la comunidad autónoma de las Illes Balears por causa de nacimiento.

– La renta imputable al contribuyente que resulte de la deducción tendrá la consideración de prestación pública por nacimiento a efectos del artículo 7.h) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

IMPORTANTE

Cuando dos contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción y opten
por la declaración individual, el límite máximo de la deducción se tiene que prorratear entre ellos por partes iguales.

Si todos los descendientes o acogidos dejan de ser menores de seis años a lo largo
del año, el límite máximo de la deducción (660 o 900 euros) se tiene que prorratear por la suma del número de días en que los descendientes o acogidos hayan sido menores de seis años durante el año natural. También se tiene que prorratear del mismo modo el límite máximo de la deducción si los descendientes han nacido o han sido adoptados a lo largo del año, o si los menores han sido acogidos a lo largo del año.

SERVICIO DECLARACIÓN DE LA RENTA PALMA DE MALLORCA

Nuestra gestoría ofrece un servicio personalizado para la declaración de la RENTA en Palma de Mallorca. Nos encargamos de confeccionar y gestionar su Declaración de la Renta buscando la mejor fórmula para que su IRPF sea lo más beneficioso posible. Contamos con amplia experiencia en Declaraciones de la Renta de residentes y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Evite errores y sanciones futuras, confíe en profesionales para su declaración de la RENTA.

PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2023

¿Cuándo comienza y acaba la campaña de la Renta 2023?

Las fechas para confeccionar la declaración de Renta y Patrimonio 2023 están disponibles en el calendario de la AEAT y son las siguientes:

3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.

7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).

3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).

Calendario de Agencia Tributaria >

Tips & Consejos a tener en cuenta para la Declaración de la Renta del ejercicio 2023

1. Revisa bien el borrador
Revisa todos los datos personales contenidos en el borrador que Hacienda te facilita y comprueba que estén bien.

2. Comprueba si puedes deducirte por la vivienda habitual
Si tienes piso en propiedad recuerda que el 1 de enero de 2013 se suprimió la deducción por inversión en vivienda habitual pero todos los propietarios anteriores pueden seguir disfrutándola en los mismos términos y condiciones existentes.

3. Declarar los pisos alquilados
Si tienes pisos en propiedad que están alquilados, debes declararlos, este dato no siempre aparece en el borrador que te envía Hacienda, sin embargo estás obligado a hacerlo. Al respecto existen diferentes deduciones de las que puedes beneficiarte, Consúltanos !

4. Revisa las deducciones disponibles
Comprueba las deducciones estatales y autonómicas para ver a cuáles tienes derecho.

5. Planes de pensiones
Si estás aportando dinero a los sistemas de previsión social, recuerda que da derecho a reducciones

El borrador no siempre incluye todos los datos que necesitas y puede ocasionarte pagar una penalización posterior o puede omitir alguna deduccion por lo que estarías pagando de más…Por esto te recomendamos que acudas a un profesional que te ayude con la gestión !!

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